Canal ético
Sistema interno de información de Terra Auditores, S.L.P. Cualquier persona puede comunicar por esta vía infracciones que haya conocido en el contexto de su relación con la firma, con garantía de confidencialidad y sin miedo a represalias.
Abrir el formulario de comunicaciónQuién puede utilizarlo
El canal está abierto a las personas que se relacionan con la firma en un contexto laboral o profesional: personal propio, personas en proceso de selección, quienes ya no forman parte de la firma, autónomos, proveedores, contratistas y subcontratistas.
Qué se puede comunicar
Acciones u omisiones que puedan constituir infracción del Derecho de la Unión Europea o infracción penal o administrativa grave o muy grave, en los términos del ámbito material de la Ley 2/2023.
Cómo se tramita
- Recepción. Las comunicaciones se reciben a través del formulario digital y las atiende exclusivamente el Responsable del Sistema.
- Acuse de recibo. Se envía en un plazo máximo de siete días naturales desde la recepción, siempre que la persona informante haya facilitado una vía de contacto.
- Admisión a trámite. Se valora si los hechos son verosímiles y si entran en el ámbito de la Ley 2/2023. Se inadmiten las comunicaciones genéricas, sin fundamento o que no describan una infracción.
- Instrucción. Si se admite, se abre una investigación interna preservando la confidencialidad. El plazo máximo de respuesta es de tres meses.
Garantías
Confidencialidad
La identidad de la persona informante, y la de cualquier tercero mencionado, se mantiene confidencial en todas las fases del procedimiento.
Prohibición de represalias
Queda prohibida cualquier represalia por haber comunicado de buena fe, tanto directa como indirecta, incluidas las tentativas y las amenazas.
Registro y protección de datos
Se lleva un libro registro de las comunicaciones recibidas, con las garantías del Reglamento General de Protección de Datos.
Responsable del Sistema
El órgano de administración ha designado responsable del Sistema interno de información a D. David Poyán Pereiro, que atiende personalmente las comunicaciones recibidas.
Canal externo de la autoridad independiente
El uso de este canal interno es preferente, pero no obligatorio. Toda persona puede dirigirse directamente a la Autoridad Independiente de Protección del Informante o a la autoridad autonómica que corresponda, así como a las instituciones de la Unión Europea, con las mismas garantías de protección.